miércoles, 2 de marzo de 2016

¿CÓMO HAGO PARA RECLAMAR UNA PENSIÓN ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL?

La verdad de las verdades, amable lector, es que aunque mucha gente no
quiera pensar en esto, la vida no la tenemos comprada ni hay quién nos
la venda. Un día nos vamos a morir, y por lo menos Yo no tengo
problema con eso; el problema es que como el pueblo le tiene miedo a
la muerte (¿no que muy valentones los mexicanos?), nunca se prepara y
siempre, ya sea por desidia o por ignorancia, acaba dejando a la
familia en serios aprietos. Ejemplo de lo que le digo son los trámites
relacionados con el IMSS, la AFORE y el INFONAVIT, y por eso hoy
quiero exponerles brevemente lo que hay qué hacer en esos casos. Así
que si le interesa, sírvase pasar a los siguientes párrafos si me hace
el favor.

SEA ASEGURADO O BENEFICIARIO, SEPA DÓNDE ESTÁN SUS PAPELITOS

Primero que nada es importante tener organizados los documentos;
porque cuando estamos bien nadie quiere saber nada, pero no bien se
muere alguno cuando nos acordamos de que tenemos qué reclamar la
pensión del difunto en el IMSS (para que no se la embolse el
GOBIERNO), o realizar cualquier trámite en el INFONAVIT o la AFORE. Es
entonces cuando andamos en apuros buscando y rebuscando los documentos
sin hallar nada. ¿Y cuáles son esos documentos que debemos tener a la
mano? Aquí van: Actas de DEFUNCIÓN, MATRIMONIO y de NACIMIENTO de los
hijos si los hubiera; identificación oficial; constancias de altas al
IMSS; contratos de trabajo (si los tuviera); recibos de nómina; y
estados de cuenta de la AFORE. Tenga usted a la mano esos, y si es
beneficiario, todos los que encuentre del fallecido, y con los que se
puedan probar las semanas que el fallecido cotizó, así como los que
prueben la fecha de incorporación al RÉGIMEN OBLIGATORIO del IMSS.
Estos dos últimos datos son importantes para determinar qué tipo de
pensión puede elegirse.

YA TENGO MIS PAPELES. ¿A DÓNDE DEBO IR?

Si se trata de reclamar una pensión, usted debe iniciar el trámite en
el SEGURO SOCIAL. Todos los trámites ahí son gratuitos, y puede
realizarlos sin la ayuda de nadie; pero le recomiendo que si no quiere
andar como calzón de prostituta (arriba y abajo a cada rato), acuda a
un abogado para que sea Él quien le lleve toda la gestión. No sé por
qué, pero según lo que he podido percibir, la gente del IMSS se
divierte mucho haciendo a la pobre gente dar vueltas y vueltas porque
no sabe ni entiende de estos trámites, y por eso es mejor que lo haga
alguien que tenga el conocimiento. Claro, solo es una recomendación;
si quiere ser usted el que sufra la burocracia que ahí existe, pues
vaya personalmente. Como sea que lo haga, se tiene qué presentar un
escrito al cuál, el IMSS dará respuesta con una resolución; si esta
resolución fuera negativa y usted cree que merece la pensión, entonces
el asunto se irá a la JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, que será
quien decida mediante un laudo, o lo que en otras ramas del derecho se
conoce como "sentencia".

A grandes rasgos es lo que podemos decir por hoy acerca de este
asunto, y mientras le doy otro sorbo al café, lo invito a seguir en
contacto conmigo a través de los siguientes medios:
elbastonazo@hotmail.com y 044 322 19 1 10 89.

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