viernes, 15 de septiembre de 2017

¿QUÉ PASA SI A LA MUERTE DE MI MARIDO QUEDÉ EMBARAZADA? ¿QUÉ LE TOCA A MI BEBÉ?

Amables lectores, agradezco la confianza que han depositado en mí al
buscarme después de mi columna pasada sobre las sucesiones legítimas o
intestamentarias; ya hay quienes hicieron cita con su servidor para
ser asesorados de forma personal y privada, y todavía tengo lugar
porque estaré atendiendo el sábado por la mañana; así que si tiene un
asunto como este o incluso, uno distinto, llámeme para agendarlo antes
que se me acabe el espacio. Por lo pronto, respondo un par de
preguntas de ustedes, las cuáles me hicieron vía telefónica.

Primero comencemos con esta que es muy interesante: "¿Qué pasa si a la
muerte de mi marido quedé embarazada? ¿Qué le toca a mi bebé?" Pues le
tocará heredar como hijo que es; solo que para eso, usted tendrá que
informar al juez que lleva el caso de la sucesión para que notifique a
quienes, debido a este hijo póstumo, pudieran perder derechos que ya
creían ganados. Por supuesto que también los interesados podrán pedir
al juez que tome las providencias convenientes para evitar que usted
esté fingiendo el embarazo, la suposición del parto o la sustitución
del niño. Ahora bien, si usted no dio el aviso y está a punto de dar a
luz, la ley nos dice lo siguiente: "Aún cuando no se hubiere dado el
aviso, al aproximarse la época del parto, la viuda deberá ponerlo en
conocimiento del juez, para que lo haga saber a los interesados. Estos
tienen derecho de pedir que el juez nombre una persona que se cerciore
de la realidad del alumbramiento; debiendo recaer el nombramiento en
profesional de medicina o en una partera." Sobre este asunto hay más
que decir; pero no aquí. Venga a verme y lo hablamos largo y tendido.

Otra pregunta que me hicieron fue la siguiente: "¿Y si el que murió
tenía bienes, pero no tenía ni hijos, ni esposa, concubina o familia,
quién se queda con sus cosas?" La beneficencia pública; es decir, el
SISTEMA DIF o cualquier institución de gobierno dedicada a ayudar a
grupos vulnerables y aunque algunos de mis maestros y ex compañeros de
la universidad me dicen que está mal que Yo tenga estos arranques, Yo
sí grito y con todo el derecho que tengo como mexicano, que no creo
que al final la herencia se vaya a los que más lo necesitan en tal
caso. Nomás vea por ejemplo, en qué han acabado algunas ayudas que los
mexicanos hemos dado para los damnificados de alguna eventualidad
natural. Yo recibo muchos reportes y en todos los trienios, de que
esas ayudas se van a las guarderías del mismo DIF o a las casas de sus
empleados. Si así es… ¿Cree usted que en verdad van a invertir los
bienes de una herencia en ayudar? Discúlpenme todos, o no me disculpen
porque al cabo no me importa; pero Yo no creo.

Por eso es mil veces mejor designar mediante testamento a quién
queremos que le quede lo nuestro; aprovechemos que en nuestro país se
respeta la voluntad del testador porque en otros, como Argentina por
ejemplo, aunque se haga testamento al final todo se arregla como si no
lo hubiera y el heredero queda sin nada. Contacto: 044 322 191 10 89.

No hay comentarios:

Publicar un comentario