lunes, 3 de octubre de 2016

LA HISTORIA DE DON JOSÉ

Amables lectores, ¿qué pasa cuando una persona mayor de edad ha
perdido sus facultades mentales y tiene propiedades? ¿Cómo hacemos
para que los hijos, o cualquier familiar ambicioso y lángaro no lo
deje en la calle? Déjeme contarle que gracias al pueblo que me llama
para narrarme historias de la vida real, es que Yo puedo orientar a la
gente a través de esta columna; y hoy toca hablar de este tema tan
interesante porque aunque usted pudiera no creerlo, se da mucho en las
familias mexicanas. Si es el caso suyo, o si conoce alguno parecido,
atiéndame un momentito por favor para que sepa qué hacer.

Yo siempre he aconsejado hacer testamento, y así nos quitamos de
muchas broncas; pero el mexicano promedio piensa, tontamente por
supuesto, que al hacerlo está firmando ya su sentencia de muerte, o
está produciendo las circunstancias para que se le dé. Como sea, la
verdad es que la vida suele jugarnos algunas malas pasadas, y fue este
el caso de Don José; un señor que por circunstancias de la vida ya no
pudo gobernarse sólo, y quedó en manos de sus hijos. Puesto que no
había hecho testamento, a uno de los hijos de Don José se le hizo
fácil el agandalle y aprovechando la enfermedad del papá, se metió en
sus propiedades y se adueñó de ellas haciendo que el viejito firmara
un papel donde se las cedía, y luego lo sacó también a Él. ¿Ilegal? No
sé; existen muchos trinquetes que cuando se les sabe hacer resultan
muy legales, aunque muy poco honrosos. ¿Sucio? La verdad sí; porque un
cambio de propietario sólo puede hacerse ante un notario público, pero
a veces la gente no sabe de esas cosas y bueno, ya usted se imagina.
La pregunta de los otros hijos del señor, y seguramente también la de
usted si vive un caso similar, es la siguiente: "¿Ante quién debemos
acudir para que este tipo de cosas no sucedan?"

Existe algo que se llama "Interdicción", y consiste en que los
interesados en proteger las propiedades del afectado (que en este caso
sería el viejito Don José) con la ayuda de un profesional de la salud
mental (psiquiatra), determinen que efectivamente esta persona ya no
es capaz de gobernarse sólo, e interpongan un escrito ante el juzgado
civil solicitando que sea el juez quien lo decrete, y nombre un tutor
que cuide y administre los bienes que, con todo y padecer de sus
facultades, a este individuo todavía le pertenecen. Mientras el juez
no decrete la Interdicción, y no nombre un tutor, nadie puede tocar
las propiedades de esta persona. Ahora bien, a pesar de lo que dice la
ley, y hablándonos en plata pura, la tramitación no es así de rápida
como Yo la describo ni tan ágil como usted la lee, pero es lo que se
debe hacer y por cierto, necesitará del acompañamiento, asesoría y
servicio de un buen abogado.

CONSULTAS GRATIS

Y antes de despedirme le recuerdo que si usted, algún familiar o amigo
suyo tienen problemas legales como este, parecidos o de plano
totalmente diferentes, pueden llamarme al 044 322 191 10 89, porque
hoy estoy regalando 3 consultas que iré atendiendo durante la semana,
para las primeras 3 personas que me llamen después de las nueve de la
mañana. Nada pierde con venir a ver cuál es su situación respecto de
su asunto legal, y Yo le brindo esta oportunidad todos los lunes. Así
que agarre ya ese teléfono y marque. Dicho todo esto, nos saludamos el
miércoles.,

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