lunes, 6 de noviembre de 2017

¿QUÉ ME CORRESPONDE CUANDO ME DESPIDEN DEL TRABAJO?

A veces me toca saber de casos donde un trabajador que es despedido de
forma injustificada, se conforma con una miserable bicoca cuando,
sacando cuentas de acuerdo a la ley y no a los criterios de los
serviles contadores de la empresa, le correspondería muchísimo más;
por eso hoy quiero hablar de las prestaciones que a usted, amable
lector, le corresponden en caso de que un día no muy lejano lo
despidan sin justificación alguna. Y bueno, aprovechando el viaje
también le recuerdo que si ya anda en estos problemas puede llamarme y
con gusto lo atiendo. Ahora pasemos al tema:

En primer lugar, si lo despiden de forma injustificada y usted ya no
desea ser reinstalado, puede y debe recibir tres meses de salario como
Indemnización Constitucional; además de eso, si ya tenía más de un año
y no le dieron vacaciones, se las tienen que pagar y son seis días de
salario aumentados con el veinticinco porciento, según la Ley Federal
Del Trabajo. Si todavía no cumplía el año, deben pagarle una parte
proporcional de las vacaciones. Ya nada más con eso, se superan con
mucho los miserables dos mil pesos que normalmente ofrece el patrón
como si de tirarle un mendrugo de pan a un pordiosero se tratara, pero
espéreme que todavía no acabo con las cuentas.

Además de lo que ya dije, si aún no tiene el año trabajando para la
empresa que lo despide también deben pagarle la parte proporcional del
Aguinaldo, y si ya cumplió el año, o si nunca se lo pagaron a pesar de
todos los años que trabajó, debe pedirlo en la demanda; son quince
días por año. Si trabajó oras extra también hay que exigirlas, y si
nunca le dieron descansos también. Eso sin contar con las utilidades
de la empresa, de las cuáles también le corresponde algo si es que no
se lo dieron. Como puede ver, es un buen dinero que al trabajador
despedido no le cae nada mal; solo que hay un pequeño detalle: Hay que
primero ganar la demanda.

Muchas veces, el trabajador se deja llevar por un pensamiento que
acaba perjudicándolo; ese pensamiento es: "Si contrato abogado me va a
cobrar, y voy a perder en eso parte de lo que me den". Yo cobro el
treinta porciento de lo que usted gana. Supongamos que le pagan cien
mil; Yo me quedo con treinta mil y a usted le quedan libres setenta
mil. ¡No le vienen mal! ¿O sí? Digo, si los compara con los dos o tres
mil que el patrón quiere darle, la verdad sí es un abismo de
diferencia. Por eso, hoy usted que lee este comentario mío, que tiene
la impotencia de haber sido maltratado y corrido, que tiene la
necesidad de mantener un hogar y también desea que las cosas no se
queden como están, es necesario que tome la decisión y llame al 044
322 191 10 89 para darle una cita, y la primer consulta totalmente
gratis para hablar de su asunto sin compromiso. También puede hacerlo
si su asunto es familiar, mercantil, o de cualquier otra rama del
derecho. ¿Qué espera?

No hay comentarios:

Publicar un comentario