viernes, 28 de septiembre de 2012

ANTE LA LEY PARTE I

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Siendo Yo abogado, algunos de los lectores de este diario me han pedido en repetidas ocasiones que aborde temas relacionados con el derecho, lo cuál haré más seguido. Y hoy, precisamente, quiero hablar de la pensión alimenticia porque este, junto con el asunto del divorcio y del arrendamiento, es el que más se presenta en los juzgados civiles. Aquí aclaro algunas dudas que, principalmente las lectoras, me han planteado en sus correos sobre la pensión alimenticia:

 

1.- ¿DEBE DAR ALIMENTOS EL PAPÁ DE MIS HIJOS AUNQUE ÉL Y YO NO HAYAMOS SIDO CASADOS?

 

Efectivamente. Todos los hijos tienen el derecho de recibir alimentos por parte de sus padres, sin importar que hayan sido concebidos en unión libre, durante una aventura o en matrimonio. La ley no hace menos a ninguno. Si el niño fue registrado por su padre, o si mediante juicio se comprueba que lo es, el papá debe darle alimentos. Y cabe resaltar que aquí, no vamos a ver si quiere, sino que los alimentos son obligatorios.

 

2. ¿QUÉ PORCENTAJE DEL SUELDO DEL PAPÁ DEBE RECIBIR MI HIJO?

 

No hay porcentajes ni cantidades. Eso depende de la posibilidad que el padre tiene, y de la necesidad del o los niños. Es el juez quien, atendiendo a estos dos puntos, fija una cantidad o un porcentaje del sueldo. Si el sueldo no pudiera ser comprobado mediante nómina, entonces se toman otras medidas de las cuáles, prefiero no hablar en este espacio por cuestiones de seguridad jurídica para quienes ya están en juicio. Lo que sí es cierto es que, aún cuando muchos hombres suelen amenazar a la mujer con que no podrá sacarles nada por no tener trabajo, la verdad es que sí hay alternativas para lograrlo.

 

3. ¿Y CÓMO HAGO PARA HACER QUE EL PAPÁ DE MIS HIJOS CUMPLA CON SU OBLIGACIÓN SI NO QUIERE?

 

Bien, aquí hay qué buscar los servicios de un abogado, para que sea Él, quien interponga una demanda e inicie el juicio. Cierto que usted como madre invertirá algo de dinero, pero a cambio, tendrá la pensión de forma constante y no volverá a sufrir por esto. Sujiero para esto conseguir un abogado que conozca las necesidades del pueblo. Y hasta aquí la dejo por hoy. Si requiere asesoría, llame a los medios de contacto de esta columna o haga click en el enlace de arriba. Contacto: licomararce@hotmail.com y 044 322 19 1 10 89.

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